FEVEDA está constituida por las Asociaciones estadales, una por cada entidad federal, afiliadas o por afiliarse, existentes en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, previa aceptación del pacto federativo y una vez verificado que hayan cumplido el conjunto de normas establecidas en el Estatuto federativo en concordancia con la Ley Orgánica de Deporte, Actividad Física y Educación Física y sus reglamentos.
Fue creada con el fin de planificar, programar, organizar, dirigir, coordinar, controlar y supervisar las actividades de los deportes acuáticos en todas sus formas, entendiendo dentro de ello a la Natación, Polo Acuático, Nado Sincronizado, Saltos Ornamentales, Natación Máster y Aguas Abiertas, siendo en consecuencia el máximo organismo rector de éstas disciplinas en Venezuela.
PARÁGRAFO PRIMERO: La FEVEDA reconoce que WORLD AQUATICS es el único organismo reconocido en el mundo que gobierna los deportes acuáticos a nivel mundial.
PARÁGRAFO SEGUNDO: En caso de inconsistencia entre estos estatutos y/o la Constitución Mundial de Acuáticos y/o las Reglas Mundiales de Acuáticos, prevalecerán estas últimas.
PARÁGRAFO TERCERO: FEVEDA se obliga a cumplir cabalmente en todo momento con la Constitución Mundial de Acuáticos y las Reglas Mundiales de Acuáticos, el Código WADA, las decisiones y directivas de los Organismos Mundiales de Acuáticos, así como las decisiones del TAS.
PARÁGRAFO CUARTO: FEVEDA está obligada a garantizar que sus propios miembros cumplan e implementen la Constitución Mundial de Acuáticos y las Reglas Mundiales de Acuáticos, así como las directivas y decisiones de los órganos Mundiales de Acuáticos y del CAS.
PARÁGRAFO QUINTO: FEVEDA gestiona sus asuntos de forma independiente y sin tener en cuenta la influencia indebida de terceros, sean estos privados o parte del Estado venezolano, en cualquiera de sus formas jurídico-públicas.